Si su situación económica cambió drásticamente (perdió el trabajo, tiene nuevos hijos, enfermedad grave) o cambiaron las necesidades del beneficiario, puede solicitar al juez la reducción de la pensión que paga. No es automático: debe probar el cambio de circunstancias.
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Un padre pagaba 30% de su sueldo de alimentos a un hijo del primer matrimonio. Al tener un segundo hijo en su nueva relación, demostró que con el 30% no podía mantener a ambos. El juez aprobó reducción al 18% del sueldo neto.
Las situaciones que pueden justificar reducción incluyen: pérdida de empleo prolongada, enfermedad grave que reduce ingresos, nacimiento de nuevos hijos, jubilación, disminución comprobada de ingresos.
Necesita pruebas: liquidaciones, contratos, certificados médicos, partidas de nacimiento de nuevos hijos, recibos de gastos. Sin prueba clara, el juez no reduce.
No es modificación administrativa de la sentencia anterior. Es un nuevo proceso de reducción ante el juez de paz letrado. Requiere demanda, audiencias, contradictorio.
Si demuestra que las necesidades del menor aumentaron (colegio más caro, tratamiento médico, edad mayor) o que los ingresos en realidad no bajaron, el juez puede rechazar la reducción.
Cuando la 'baja de ingresos' es voluntaria (ej. renunció al trabajo por capricho), cuando los gastos del menor aumentaron en igual proporción, o cuando no se aporta prueba consistente del cambio.
No es automático. Debe demandar la reducción y demostrar que con la pensión actual no puede cubrir a ambos. El juez analizará prioridades y proporcionalidad.
Sí. Hasta que haya sentencia, paga el monto vigente. Si paga menos, devenga intereses y puede haber denuncia por omisión a la asistencia familiar.
Existe también el proceso de aumento de pensión, con misma lógica: cambio de circunstancias (aumento de necesidades del menor o aumento de ingresos del obligado).
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