Derecho de familia

Pensión de alimentos en Perú: cómo se calcula y cómo reclamar

La pensión de alimentos es un derecho de los hijos y, en ciertos casos, del cónyuge, padres o hermanos. Le explicamos el porcentaje máximo (60% del ingreso total), cómo demandar y qué hacer si el obligado no paga.

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Caso real

Mi ex pareja no pagaba la pensión hace 8 meses pese a la conciliación firmada.

Tenían una hija de 6 años, conciliaron una pensión de S/800 ante centro de conciliación, pero el padre dejó de pagar hace 8 meses. Con JusticIA verificó que el acta de conciliación tiene mérito ejecutivo (Ley 26872), preparó el escrito para solicitar ejecución directa en juzgado de paz letrado, calculó las pensiones devengadas (S/6,400) más intereses, y conoció el delito de Omisión a la Asistencia Familiar (Art. 149 CP) que aplicaría si pasan 30 días sin pagar tras requerimiento judicial. Derivó a una abogada de familia de la red.

Lo que necesita saber

Quién tiene derecho a alimentos

Hijos menores de edad SIEMPRE (Art. 472 CC). Hijos mayores hasta 28 años si estudian con éxito una profesión u oficio. Hijos mayores con discapacidad sin límite de edad. Cónyuge en proceso de divorcio o separación sin medios propios. Padres ancianos o con discapacidad. Hermanos menores cuando faltan los padres.

Cuánto se puede pedir: el tope del 60%

Los juzgados de familia aplican como criterio orientativo que el conjunto de pensiones de alimentos NO exceda el 60% del ingreso total del obligado (Art. 648 CPC + jurisprudencia consolidada). Si hay un solo hijo, el porcentaje típico va del 25% al 40%. Si hay varios obligados con carga sobre el mismo padre, se reparte respetando el tope.

Cómo se calcula la pensión

El juez evalúa tres factores: 1) Necesidades del alimentista (alimentación, educación, salud, vestimenta, vivienda, recreación). 2) Posibilidades económicas del obligado (boletas, declaración SUNAT, otros ingresos). 3) Equidad y proporcionalidad. Si el obligado niega ingresos pero se prueba que los tiene, el juez fija pensión sobre presunción razonable.

Paso previo: conciliación extrajudicial obligatoria

Antes de demandar en juzgado, la Ley 26872 exige intentar conciliación extrajudicial en un centro autorizado por el MINJUS. Si llegan a acuerdo, el acta tiene mérito ejecutivo (vale como sentencia). Si no asisten o no acuerdan, el acta sirve como requisito de procedibilidad para presentar la demanda. Es un paso de 30 días que no se puede saltar.

Proceso: del juzgado al delito penal

Paso 1: demanda en juzgado de paz letrado del domicilio del alimentista (proceso único). Paso 2: si hay sentencia o acta de conciliación, ejecución forzosa. Paso 3: notificación judicial requiriendo pago en 3 días. Paso 4: si tras 30 días no paga, se denuncia por Omisión a la Asistencia Familiar (Art. 149 CP), pena privativa hasta 3 años + obligación de pagar lo adeudado.

Reducción y aumento de la pensión

La pensión NO es inamovible. Puede aumentarse (si las necesidades del hijo crecen — colegio nuevo, gastos médicos) o reducirse (si las posibilidades del obligado bajan — desempleo justificado, nueva carga familiar). Se solicita en el mismo juzgado de familia. La nueva carga familiar es la causal más común de reducción.

Preguntas frecuentes

¿Necesito un abogado para demandar pensión de alimentos?+

Para procesos de alimentos en juzgado de paz letrado NO es obligatorio el patrocinio de abogado si la cuantía es hasta 20 URP (~S/10,800). Aún así, contar con asesoría profesional aumenta significativamente las chances. JusticIA puede ayudarle a preparar el escrito.

¿Qué pasa si el padre trabaja informal o dice no tener ingresos?+

El juez puede fijar pensión sobre el ingreso mínimo vital (RMV: S/1,025) o sobre presunción razonable de ingresos según el nivel de vida que el obligado lleva (Casación 4710-2017 Lima). Probar el ingreso real puede requerir oficios al sistema financiero, SUNAT y empleadores.

¿Mi hijo mayor de 18 años puede seguir cobrando pensión?+

Sí, hasta los 28 años si está cursando exitosamente estudios superiores o profesión técnica (Art. 483 CC modificado). 'Exitosamente' significa cumplir los créditos del año. Sin límite si tiene discapacidad que le impida proveerse económicamente.

¿Pueden embargarme la cuenta del banco por no pagar pensión?+

Sí. Con sentencia o acta de conciliación con mérito ejecutivo, el juzgado puede embargar su sueldo (hasta el 60%), cuentas bancarias, vehículos e inmuebles. Es uno de los pocos casos donde se puede embargar la CTS también.

¿Puedo conciliar la pensión sin ir al juzgado?+

Sí. La conciliación extrajudicial en un Centro de Conciliación autorizado por MINJUS produce acta con mérito ejecutivo equivalente a sentencia (Ley 26872). Es más rápido (1-2 sesiones) y económico (~S/200 por audiencia). Requiere asistencia voluntaria de ambas partes.

¿Qué documentos necesito para iniciar la demanda?+

DNI del demandante, partida de nacimiento del menor, partida de matrimonio o constancia de reconocimiento, comprobantes de gastos del menor (colegio, salud), y cualquier prueba de ingresos del obligado (boletas, contratos, redes sociales, vehículos a su nombre).

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Casaciones del Poder Judicial sobre este tema

Sentencias reales de la Corte Suprema. Citables y verificables en la fuente oficial.

Casaciones publicadas oficialmente por el Poder Judicial del Perú. Resultados ordenados por relevancia textual. No constituye asesoría legal — consulta con IA gratis para tu caso específico.

⚖️ Importante: JusticIA es un asistente informativo basado en inteligencia artificial. No es un abogado, no brinda asesoría jurídica ni constituye patrocinio profesional. La información se basa en fuentes públicas y tiene fines orientativos. Para evaluar, firmar o representar su caso, deriva a un abogado colegiado verificado en nuestra red.