Si su separación es de mutuo acuerdo y no tienen hijos menores o ya resolvieron tenencia y alimentos, puede divorciarse ante NOTARIO en 3-4 meses sin pasar por juzgado. Le explicamos los requisitos.
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Pareja casada hace 9 años, separada de hecho hace 4. No tienen hijos, no compraron bienes durante el matrimonio. Querían divorciarse sin juicio largo. Con JusticIA verificaron que cumplían los requisitos de la Ley 29227 (separación de hecho > 2 años SIN hijos menores SIN bienes en común), prepararon la solicitud notarial conjunta, presentaron en una notaría de Lima por S/1,800 y obtuvieron la disolución del vínculo en 3 meses, inscribiendo el divorcio en RENIEC.
Se requiere AMBOS cónyuges de acuerdo + cumplir UNA de estas: (a) Separación de hecho ininterrumpida ≥ 2 años SIN hijos menores. (b) Separación con hijos menores PERO con acuerdo previo sobre tenencia, régimen de visitas y alimentos (firmado ante notario o juez). En cualquier caso, NO debe haber bienes en común que necesiten partición, o tener acuerdo de partición firmado.
NOTARIAL: ante notario público (cualquiera). Costo S/1,500-S/3,500 según notaría. Más rápido y privado. MUNICIPAL: ante el alcalde del distrito donde casaron o donde domicilian. Costo S/600-S/1,200. Más barato pero a veces lento. Resultado legal: idéntico (disolución del matrimonio).
1) DNI de ambos cónyuges. 2) Partida de matrimonio original. 3) Partidas de nacimiento de hijos (si los hay). 4) Acuerdo de tenencia/régimen visitas/alimentos firmado ante notario (si hay hijos). 5) Declaración jurada de no tener bienes comunes o acuerdo de partición firmado. 6) Pago de tasas.
Día 1: solicitud conjunta firmada por ambos. Día 15: convocatoria a 1a audiencia (ratificación de voluntad). Día 60-80: 2a audiencia (reiteración). Día 90-120: resolución que declara el divorcio. Inscripción en RENIEC: 15 días adicionales. Total realista: 3-4 meses.
Si hay hijos menores SIN acuerdo previo sobre tenencia/visitas/alimentos. Si hay bienes en común SIN acuerdo de partición. Si uno de los cónyuges está en el extranjero y no puede comparecer. Si uno se niega o no quiere divorciarse. En todos estos casos debe ir al juzgado de familia con divorcio por causal.
Notaría: S/1,500 a S/3,500 según notaría y complejidad. Municipalidad: S/600 a S/1,200. No requiere abogado, pero contratar uno cuesta adicional S/800-S/2,000 si quiere asesoría completa. Total mínimo realista: S/1,500-S/2,500.
Sí. El divorcio rápido (Ley 29227) requiere acuerdo MUTUO. Si uno de los dos no quiere divorciarse, debe ir a la vía judicial por causal (separación de hecho > 2 años funciona como causal aunque el otro no esté de acuerdo, pero el proceso es más largo).
Para la vía notarial/municipal: SÍ, debe acreditarse separación de hecho de al menos 2 años con declaración jurada y testigos. Para la vía judicial por causal: TAMBIÉN 2 años (aplica el mismo plazo). Si recién se separaron y quieren divorcio inmediato, deben usar otra causal del Art. 333 CC (infidelidad, violencia, etc.).
Puede usar la vía notarial/municipal SI tienen un acuerdo previo (escrito y firmado ante notario o juez) sobre tenencia, régimen de visitas y pensión de alimentos. Sin ese acuerdo, debe ir a juzgado de familia. Recomendamos hacer el acuerdo previo: es más rápido y barato.
Necesita comparecer personalmente a ambas audiencias. Si uno está fuera del país, puede otorgar poder especial por escritura pública a un apoderado en Perú. Si uno no comparece ni manda apoderado, el proceso se archiva y no procede el divorcio rápido.
Una vez declarado e inscrito el divorcio en RENIEC, el vínculo matrimonial está disuelto y no puede revertirse. Si los excónyuges quieren volver a estar juntos legalmente, deben CASARSE de nuevo. El divorcio es irreversible.
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