Si compró un producto que llegó defectuoso o se malogró por causas no imputables a usted, tiene derecho a reparación, cambio, devolución del dinero o reducción del precio. El Código del Consumidor (Ley 29571) es claro: la garantía es obligatoria, no opcional.
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Un consumidor compró un celular que se apagaba solo. La tienda lo desviaba al servicio técnico que demoraba meses. Denunció en INDECOPI: resolución a su favor, devolución completa más multa de 2 UIT a la tienda.
El consumidor elige (no el proveedor). Si la solución elegida es inviable (producto descontinuado), se puede negociar otra.
Aunque no haya garantía escrita, el proveedor responde por defectos durante un plazo razonable según naturaleza del producto. Para electrodomésticos: 1 año típicamente.
Apenas note el defecto, idealmente dentro de los primeros 15 días. La ley fija 2 años para iniciar el procedimiento en INDECOPI desde la entrega o desde que se conoció el defecto.
Sí, si el defecto es del producto. La garantía no se pierde por abrir la caja. Sí podría afectar la negociación si solo es 'cambio de opinión' (sin defecto).
Depende del producto y de las expectativas razonables. Algunos productos (vivienda, vehículos) tienen plazos mayores. INDECOPI evalúa caso por caso si hay vicio oculto o desgaste normal.
No. Si usted exige devolución del dinero por defecto, la tienda no puede imponer nota de crédito. Solo si usted acepta voluntariamente.
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Sentencias reales de la Corte Suprema. Citables y verificables en la fuente oficial.
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