Si tiene hijos menores de 18 años (o hasta 24 si estudian con éxito), su empleador debe pagarle una asignación familiar mensual del 10% de la Remuneración Mínima Vital. Le explicamos los requisitos y el monto vigente.
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Recepcionista con sueldo S/1,500. Al revisar sus boletas notó que nunca le habían pagado los S/102.50 mensuales de asignación familiar a los que tenía derecho desde que nació su hijo. Con JusticIA verificó la Ley 25129, calculó los pagos adeudados (24 meses × S/102.50 = S/2,460) más intereses, presentó la partida de nacimiento de su hijo en RR.HH., y como no respondieron, denunció en SUNAFIL. El empleador regularizó y pagó retroactivo.
Trabajadores del régimen privado con contrato vigente y por lo menos un hijo menor de 18 años. También aplica si los hijos tienen entre 18 y 24 años y están cursando estudios superiores universitarios o técnicos. No aplica a trabajadores del hogar, sector público sujeto a CAS, ni prácticas pre-profesionales.
El 10% de la Remuneración Mínima Vital. Con RMV actual de S/1,025 (vigente desde mayo 2025), la asignación familiar mensual es S/102.50, sin importar cuántos hijos tenga (es un monto fijo, no se multiplica por hijo). Si la RMV se actualiza, el monto sube automáticamente.
Presente a RR.HH. o al empleador: 1) Solicitud escrita (o formulario interno). 2) Copia de partida de nacimiento del/los hijo(s). 3) Si el hijo es mayor de 18, constancia de matrícula y notas semestrales. El empleador debe pagarla a partir del mes siguiente a su solicitud, con efecto retroactivo si demuestra que ya tenía hijos antes pero no la cobraba.
La asignación familiar es REMUNERACIÓN COMPUTABLE para CTS, gratificaciones, vacaciones y horas extras. Es decir, si gana S/2,000 + S/102.50 de asignación, su sueldo base para todos los cálculos laborales es S/2,102.50. Esto suma a futuras prestaciones.
Carta notarial al empleador adjuntando partida de nacimiento + cálculo de lo adeudado. Si no responde, denuncia en SUNAFIL (regulariza para todos). Y/o demanda en juzgado laboral por pago de beneficios sociales. Prescripción: 4 años desde que devengó cada mes.
No. La asignación familiar es un monto fijo del 10% de la RMV (S/102.50 actualmente) sin importar cuántos hijos tenga. Es un monto único por trabajador.
Sí. La asignación familiar se otorga POR TRABAJADOR, no por familia. Si tanto el padre como la madre tienen empleo en planilla del régimen privado, AMBOS reciben los S/102.50 cada uno. No hay tope familiar.
Hasta que el hijo cumpla 18 años. Si después de los 18 sigue cursando estudios superiores con éxito, se extiende hasta los 24 años máximo, presentando constancia de matrícula y notas cada semestre. Hijos con discapacidad sin límite de edad.
Trabajadores de Pequeña Empresa SÍ tienen derecho. Trabajadores de Micro Empresa NO tienen este beneficio. Verifique el régimen del empleador en SUNAT.
Sí, hasta 4 años hacia atrás (Ley 27321). Si tiene hijo desde hace varios años pero el empleador nunca le pagó, puede exigir el pago retroactivo desde la fecha del nacimiento o la fecha del inicio de la relación laboral (la más reciente), con tope de 4 años.
Sí. La asignación se mantiene durante vacaciones, licencias por maternidad/paternidad, descanso médico con goce, y cualquier suspensión del contrato con conservación de remuneración. Solo se interrumpe si hay suspensión perfecta (sin goce de haber).
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