Análisis de jurisprudencia · laboral
Art. 37 del Ley 29497
Nueva Ley Procesal del Trabajo. Vigente desde 2010 para procesos laborales.
967 casaciones del Poder Judicial peruano interpretan o aplican este artículo.
Distribución de fallos
Cómo se resuelven los recursos que invocan este artículo en la Corte Suprema.
Tasa favorable al recurrente: aproximadamente 2.3% de los recursos que invocan este artículo terminan en FUNDADA o FUNDADA EN PARTE. Este dato es orientativo y agregado; cada caso depende de sus hechos particulares.
Casaciones que aplican este artículo
Sentencias de la Corte Suprema con su criterio jurisprudencial. Mostramos las 20 más recientes.
Casación 027911-2018
IMPROCEDENTEDesnaturalización de contratos y otros
La Suprema Sala ha establecido como criterio de obligatorio cumplimiento que el precedente constitucional vinculante recaído en el Expediente N° 05057-2013-PA/TC JUNÍN no resulta aplicable a los obreros municipales sujetos al régimen laboral de la actividad privada.
Casación 030108-2019
IMPROCEDENTEdesnaturalización de contratos y otros
La doctrina jurisprudencial de obligatorio cumplimiento, establecida en la Casación N° 21082-2017 CAJAMARCA, señala que el precedente constitucional vinculante recaído en el Expediente N° 05057-2013-PA/TC JUNÍN no resulta aplicable a los obreros municipales sujetos al régimen laboral de la actividad privada.
Casación 010219-2016
IMPROCEDENTEReposición
El recurso de casación es un medio impugnatorio extraordinario, eminentemente formal, que solo puede fundarse en cuestiones jurídicas y no en cuestiones fácticas o de valoración probatoria. No es posible, vía recurso de casación, volver a realizar un nuevo examen del proceso, ya que ello vulneraría la naturaleza y fines de este recurso extraordinar…
Casación 005692-2022
FUNDADAhomologación de remuneraciones y otros
La noción de igualdad supone una relación entre los sujetos que componen la sociedad, de tal suerte que no puede ser afirmada o negada, sobre la base de un análisis que considera al individuo de forma aislada. Por ello, en los casos en que se denuncia un acto de discriminación, es clave partir de un término de comparación o tertium comparationis, a…
Casación 019599-2015
INFUNDADAPago de beneficios económicos
La compensación por terminación temprana de un contrato de trabajo de personal extranjero, si es más favorable que la indemnización legal por despido arbitrario, la sustituye, impidiendo el pago adicional de esta última.
SEGUNDA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
Casación 018664-2019
IMPROCEDENTEreposición por despido incausado
Los obreros municipales pertenecen al régimen de la actividad privada y no están sujetos a la carrera administrativa.
Casación 000118-2021
INFUNDADAindemnización por lucro cesante
Las leyes cuya viabilidad está sujeta a la dación de un reglamento (por lo menos en el tema del ejercicio del derecho de acción), resulta imprescindible exigir la dación del reglamento, conforme a los artículos 3, 43 y 45 de la Constitución y al reconocimiento del Tribunal Constitucional de la configuración del derecho constitucional a asegurar y e…
SALA SUPREMA
Casación 009547-2018
IMPROCEDENTEReintegro de remuneraciones por participación de utilidades
El recurso de casación es improcedente si el recurrente no demuestra la incidencia directa de la infracción normativa sobre la decisión impugnada ni cómo la aplicación de la norma invocada modificaría el resultado del juzgamiento, incumpliendo los requisitos de procedencia establecidos en el artículo 36° de la Ley N° 29497.
Casación 032429-2019
IMPROCEDENTEReconocimiento de vínculo laboral y otros
Los obreros municipales pertenecen al régimen de la actividad privada (Decreto Legislativo N° 728), no al régimen CAS (Decreto Legislativo N° 1057) ni a la carrera administrativa. Su vía procesal es la ordinaria laboral, no la contencioso administrativa, y su derecho a la libre contratación está limitado por el artículo 37° de la Ley N° 27972.
Casación 010417-2016
IMPROCEDENTEPago de devengados
Cuando existen varios demandantes, la cuantía para determinar la procedencia del recurso de casación se debe determinar de forma individual. Si los montos ordenados a pagar a cada demandante no superan las cien (100) Unidades de Referencia Procesal (URP), el recurso de casación deviene en improcedente.
Casación 010384-2019
IMPROCEDENTEReposición por despido incausado
El precedente constitucional vinculante recaído en el Expediente N° 05057-2013-PA/TC JUNÍN no resulta aplicable a los trabajadores que si bien forman parte de la función pública, no obstante por la naturaleza de sus servicios, como es el caso de los obreros municipales, no forman parte de una carrera administrativa que requiera concurso público.
Casación 025871-2018
IMPROCEDENTEReconocimiento de vínculo laboral y otros
La Suprema Sala ha establecido como criterio jurisdiccional de obligatorio cumplimiento, que el precedente constitucional vinculante recaído en el Expediente N° 05057-2013-PA/TC no resulta aplicable a los obreros municipales sujetos al régimen laboral de la actividad privada.
Casación 030700-2019
IMPROCEDENTEdesnaturalización de contratos y otros
Los obreros municipales pertenecen al régimen de la actividad privada conforme lo dispone el artículo 37º de la Ley Orgánica de Municipalidades, por lo que no les es aplicable la contratación de naturaleza civil ni el Decreto Legislativo N° 1057, sino el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728.
Casación 025713-2018
IMPROCEDENTEReconocimiento de vínculo laboral
Los obreros municipales pertenecen al régimen de la actividad privada bajo los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, por lo que no pueden ser contratados bajo los alcances del Decreto Legislativo N° 1057 ni están sujetos a la carrera administrativa.
Casación 024927-2018
IMPROCEDENTEReconocimiento de vínculo laboral
Vía recurso de casación no es posible volver a revisar los hechos establecidos en las instancias de mérito ni valorar nuevamente los medios probatorios actuados en el proceso.
Casación 016645-2015
INFUNDADAindemnización por daños y perjuicios
El procedimiento establecido en la Ley N° 27803, al constituir un programa extraordinario, posee mecanismos de resarcimiento a los trabajadores cesados irregularmente, contemplando no solo la reincorporación a su centro de trabajo, sino también una compensación económica. En el caso concreto, el actor optó por el beneficio de la reincorporación, lo…
SEGUNDA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
Casación 016254-2016
IMPROCEDENTEReposición
No procede el recurso de casación contra sentencias de vista que anulan la sentencia de primera instancia y no ponen fin al proceso, al ordenar a la instancia inferior emitir un nuevo pronunciamiento.
Casación 025422-2019
IMPROCEDENTEreconocimiento de vínculo laboral y otros
El obrero municipal pertenece al régimen de la actividad privada bajo los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, por lo que no puede ser contratado bajo los alcances del Decreto Legislativo N° 1057.
Casación 009382-2019
INFUNDADAReposición
En consecuencia, al haber cumplido la demandada con la exigencia legal de precisar la causa objetiva de la contratación de la demandante en los contratos modales y prórrogas suscritas, mismos no se han desnaturalizado, por lo cual deben ser considerados como un contrato de trabajo a plazo determinado por incremento de actividad y al culminar su rel…
SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
Casación 011934-2017
IMPROCEDENTEreposición laboral y otro
La deficiente redacción de la fundamentación del recurso de casación, que se basa en aspectos fácticos y de valoración probatoria sin demostrar la incidencia directa de las normas denunciadas, es responsabilidad de la parte que lo interpone y conlleva a la improcedencia del recurso, impidiendo la revisión de la legalidad de la sentencia impugnada.
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Aviso: Información agregada con fines de transparencia procesal. Se basa en casaciones publicadas oficialmente por el Poder Judicial del Perú (fuente accesible al público). No constituye evaluación de magistrados individuales ni predice el resultado de un caso particular. Para asesoría legal consulte a un abogado colegiado.