Análisis de jurisprudencia · laboral
Art. 57 del D. Leg. 728
Ley de Productividad y Competitividad Laboral. Regula los contratos de trabajo y las causales de despido.
186 casaciones del Poder Judicial peruano interpretan o aplican este artículo.
Distribución de fallos
Cómo se resuelven los recursos que invocan este artículo en la Corte Suprema.
Tasa favorable al recurrente: aproximadamente 26.1% de los recursos que invocan este artículo terminan en FUNDADA o FUNDADA EN PARTE. Este dato es orientativo y agregado; cada caso depende de sus hechos particulares.
Casaciones que aplican este artículo
Sentencias de la Corte Suprema con su criterio jurisprudencial. Mostramos las 20 más recientes.
Casación 012789-2015
INFUNDADADesnaturalización de contratos y reposición por despido incausado
En los contratos de trabajo sujeto de modalidad, se debe establecer la causa objetiva, de forma clara y precisa, a fin de que se justifique la contratación temporal, en atención a lo previsto en el artículo 72° del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo N° 003…
Casación 007277-2016
INFUNDADAreposición por despido incausado
En el contrato de trabajo por incremento de actividad, debe consignarse de forma expresa como requisitos esenciales, el objeto del contrato, es decir, explicar las razones objetivas, los motivos y la duración que dan origen a la contratación; o en su defecto, la condición que determine la extinción del contrato de trabajo. En el caso concreto, el i…
SALA SUPREMA
Casación 018238-2021
FUNDADAReposición laboral
Para que un contrato modal sea válido se deben cumplir con ciertos requisitos formales, entre ellos los siguientes: debe constar por escrito y debe consignarse la causa objetiva de la contratación; en consecuencia, el cese del trabajador por término de contrato no configura un despido.
CUARTA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA DE LA CORTE SUPREMA
Casación 049663-2022
INFUNDADADesnaturalización de contratos modales y reposición laboral
Para que un contrato modal sea válido se deben cumplir con ciertos requisitos formales, entre ellos los siguientes: debe constar por escrito y debe consignarse la causa objetiva de la contratación; caso contrario por desnaturalización se convierte en un contrato de duración indeterminada.
SEGUNDA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
Casación 020860-2018
INFUNDADADesnaturalización de contratos y otros
En el contrato de trabajo por incremento de actividad, debe consignarse de forma expresa como requisitos esenciales, el objeto del contrato, es decir, explicar las razones objetivas, los motivos y la duración que dan origen a la contratación. En el caso concreto, se encuentra justificada la causa objetiva del incremento en la actividad que se alega…
Casación 018383-2019
FUNDADA_EN_PARTEreconocimiento de vínculo laboral
Los contratos para obra determinada o servicio específico, son aquellos celebrados entre un empleador y un trabajador, con objeto previamente establecido y de duración determinada. Su duración será la que resulte necesaria. Para la validez de este tipo de contratos la causa objetiva de contratación debe ser específica y estar debidamente fundamenta…
SEGUNDA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
Casación 013900-2019
INFUNDADADesnaturalización de contrato y otros
Se configura la desnaturalización de los contratos para servicio específico cuando no se ha consignado de forma expresa el objeto del contrato; es decir, sustentado en razones objetivas previstas en el inciso d) del artículo 77 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo número 728, aprobado por el Decreto Supremo número 003-97-TR.
SALA SUPREMA
Casación 010092-2019
INFUNDADADesnaturalización de contrato y otros
Cuando la parte demandada ha cumplido con indicar claramente la causa objetiva de la contratación del actor, los contratos modales por incrementos de actividades no se encontrarán desnaturalizados, por lo que se ha cumplido con el artículo 57° del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral apr…
Casación 008216-2018
FUNDADADesnaturalización de contratos y reposición
Para que se configure la nulidad de despido, tipificada en el inciso a) del artículo 29° del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR, es necesario acreditar que el despido está precedida de actitudes o conductas del empleador que evidencie el propó…
Casación 025459-2018
INFUNDADAReconocimiento de vínculo laboral y otro
En los contratos de trabajo sujetos a modalidad, se debe establecer la causa objetiva de forma clara y precisa, a fin de que se justifique la contratación temporal. En el caso de autos, la causa objetiva por el cual el trabajador fue contratado se cumple en el plano de la realidad; en consecuencia, no se produce la desnaturalización de los contrato…
Casación 017101-2015
INFUNDADADesnaturalización de contratos y reposición
Si en el contrato de trabajo por necesidades del mercado no se menciona la causa objetiva originada en una variación sustancial de la demanda del mercado, o si, al detallarse dicha causa, esta no posee un carácter coyuntural o temporal, se debe entender que dicho contrato habrá sido simulado y que, por ende, se ha desnaturalizado
Casación 027036-2018
INFUNDADADesnaturalización de contratos y reposición por despido incausado
Una sentencia está debidamente motivada cuando expresa los fundamentos de hecho y de derecho en que se sustenta y además está redactada de acuerdo a las reglas de la lógica.
SALA SUPREMA
Casación 018836-2018
INFUNDADAReposición por despido incausado
Los contratos de trabajo sujeto a modalidad se perfeccionan cuando es suscrito por el trabajador y el representante del empleador, conforme se puede concluir de la interpretación del artículo 72 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo número 728, aprobado por el Decreto Supremo número 003-97-TR, de tal manera que su inobservancia conlleva …
Casación 004821-2018
FUNDADAdesnaturalización de contratos y otros
Para que se configure la nulidad de despido, tipificada en el inciso a) del artículo 29° del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR, es necesario acreditar que el despido está precedido de actitudes o conductas del empleador que evidencie el propó…
SALA SUPREMA
Casación 019613-2019
INFUNDADAReconocimiento de vínculo laboral y otro
Para que un contrato modal sea válido se deben cumplir con ciertos requisitos formales, entre ellos los siguientes: debe constar por escrito y debe consignarse la causa objetiva de la contratación; caso contrario por desnaturalización se convierte en un contrato de duración indeterminada.
Casación 030880-2019
INFUNDADADesnaturalización de contratos
Se configura la desnaturalización de los contratos por necesidad de mercado e incremento de actividad cuando no se ha consignado de forma expresa el objeto del contrato, es decir, sustentado en razones objetivas conforme al artículo 72° del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.° 728, aprobado por el Decreto Supremo N.° 003-97-TR.
SEGUNDA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
Casación 011862-2015
FUNDADA_EN_PARTEDesnaturalización de contrato y reposición por despido incausado
La ley permite contratar a personal bajo la modalidad de incremento de actividad para que preste sus servicios en una actividad nueva en el giro del empleador, como en el caso de que la organización económica emprenda una nueva actividad o para el desarrollo de la actividad propia del giro de la empresa cuando ésta se incrementa.
SALA SUPREMA
Casación 003873-2020
INFUNDADAReposición laboral
La contratación modal es una excepción a la norma general, que se justifica por la causa objetiva que la determina; por consiguiente, mientras exista dicha causa podrá contratarse hasta por el límite de tiempo previsto para cada modalidad contractual, contenida en el Título II del referido Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.° 728, Ley d…
SEGUNDA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
Casación 013174-2015
INFUNDADADespido incausado
Del análisis del contrato modal por incremento de actividades así como de las prórrogas celebradas, no se advierte que la demandada haya cumplido con indicar de manera determinante la causa objetiva de la contratación del actor, ya que de manera genérica y lacónica hace referencia a un incremento de las actividades existentes por el cual requiere c…
Casación 016616-2019
INFUNDADAReposición
En el contrato de trabajo por incremento de actividad, debe consignarse de forma expresa como requisitos esenciales, el objeto del contrato, es decir, explicar las razones objetivas, los motivos y la duración que dan origen a la contratación. En el caso concreto, no se encuentra justificada la causa objetiva del incremento en la actividad que se al…
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Aviso: Información agregada con fines de transparencia procesal. Se basa en casaciones publicadas oficialmente por el Poder Judicial del Perú (fuente accesible al público). No constituye evaluación de magistrados individuales ni predice el resultado de un caso particular. Para asesoría legal consulte a un abogado colegiado.