Análisis de jurisprudencia · laboral
Art. 5 del D. Leg. 728
Ley de Productividad y Competitividad Laboral. Regula los contratos de trabajo y las causales de despido.
102 casaciones del Poder Judicial peruano interpretan o aplican este artículo.
Distribución de fallos
Cómo se resuelven los recursos que invocan este artículo en la Corte Suprema.
Tasa favorable al recurrente: aproximadamente 34.4% de los recursos que invocan este artículo terminan en FUNDADA o FUNDADA EN PARTE. Este dato es orientativo y agregado; cada caso depende de sus hechos particulares.
Casaciones que aplican este artículo
Sentencias de la Corte Suprema con su criterio jurisprudencial. Mostramos las 20 más recientes.
Casación 024915-2018
OTROPago de beneficios sociales
El debido proceso es un derecho constitucional que tiene como contenido esencial rodear al proceso de las condiciones mínimas de equidad y justicia que respaldan la legitimidad de la certeza del derecho finalmente determinado en su resultado; y, el deber a la debida motivación implica no solo la exigencia de explicar las razones que se exponen en l…
CUARTA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
Casación 000818-2017
INFUNDADApago de beneficios sociales
El elemento diferenciador del contrato de trabajo respecto al contrato de locación de servicios es la subordinación del trabajador respecto a su empleador, lo cual le otorga a este último la facultad de dar órdenes, instrucciones o directrices a los trabajadores con relación al trabajo para el que se les contrata (ejercicio de poder de dirección), …
Casación 024053-2022
FUNDADAreposición y otros
Cuando se configuran los elementos del contrato de trabajo y se acredita la condición del trabajador como obrero municipal, es de aplicación lo previsto en el artículo 37 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27 972, el cual establece que corresponde a los obreros municipales estar sujetos al régimen laboral de la actividad privada, bajo lo…
CUARTA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
Casación 000512-2018
INFUNDADAreconocimiento de vínculo laboral y otros
Para determinar la existencia de una relación laboral, en aplicación del principio de primacía de la realidad, es necesario acreditar la concurrencia de los elementos del contrato de trabajo; especialmente el referido a la subordinación, como elemento diferenciador.
Casación 017841-2015
FUNDADAreposición y otro
Conforme los alcances de la regulación contenida en el numeral 23.2) del artículo 23° de la Ley N° 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo, en cuanto a la carga de la prueba esta se ha invertido para el demandado, ya que una vez acreditada la prestación personal de servicios se presume la existencia de vínculo laboral a plazo indeterminado, salvo pru…
Casación 003172-2019
Laboral
Si el demandado, al que se le atribuye la calidad de empleador, no prueba en contrario el carácter autónomo de los servicios que alega, el contrato de trabajo queda acreditado si es que el demandante demuestra la prestación personal del servicio.
CUARTA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
Casación 006795-2019
FUNDADADesnaturalización de contratos y beneficios sociales
Las normas de carácter presupuestal de ninguna manera pueden prevalecer frente al imperativo de tutelar el trabajo subordinado, de tal manera que, las rigurosas reglas presupuestarias, no constituyen un motivo para la inobservancia de los derechos laborales de todo(a) trabajador(a).
Casación 012050-2021
FUNDADAreposición
En toda prestación personal de servicios remunerados y subordinados, se presume la existencia de un contrato de trabajo a plazo indeterminado, conforme lo establece el artículo 4 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo número 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo número 003-97-TR.
Casación 018036-2016
FUNDADAdesnaturalización de contrato y otros
En toda prestación personal de servicios remunerados y subordinados, se presume la existencia de un contrato de trabajo a plazo indeterminado, conforme lo establece el artículo 4° del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo número 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo número 003-97-TR.
Casación 006380-2019
OTROLaboral: Desnaturalización de Contratos
Conforme al artículo 4 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo N° 003-97- TR y en aplicación del principio de primacía de la realidad, estando acreditado los elementos del contrato de trabajo, se presume la existencia de una relación laboral a plazo inde…
CUARTA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
Casación 011770-2015
INFUNDADApago de beneficios sociales e indemnización por despido arbitrario
Conforme al artículo 4° del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo N° 003-97-TR y en aplicación del Principio de Primacía de la Realidad, se desvirtúa la relación civil suscrita entre las partes, acreditándose que existió un contrato de trabajo a plazo inde…
Casación 006065-2019
INFUNDADAIncumplimiento de normas y disposiciones laborales
En el presente caso la instancia de mérito se ha pronunciado de manera congruente analizando las pruebas ofrecidas y precisando la norma que le permite asumir un criterio interpretativo en el que sustenta su ratio decidendi. En esa misma línea las instancias de mérito se han pronunciado por las pretensiones postuladas y sometidas al contradictorio,…
CUARTA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
Casación 007719-2018
INFUNDADAreposición laboral y otros
Si por aplicación del principio de primacía de la realidad se comprueba que la ejecución del contrato de locación de servicios se ha desarrollado concurriendo los elementos esenciales del contrato de trabajo, como los son la prestación personal de servicios, la remuneración y subordinación debe concluirse por la naturaleza laboral de la relación.
SALA SUPREMA
Casación 002307-2021
INFUNDADAReconocimiento de vínculo laboral y beneficios sociales
Acreditadas las labores del demandante como obrero municipal, en atención al artículo 37 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, que establece que los obreros municipales están sujetos al régimen laboral de la actividad privada, la relación laboral del actor debe estar regulada bajo los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legisl…
CUARTA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
Casación 003263-2021
INFUNDADAReintegro de beneficios sociales
Tras el reconocimiento del vínculo laboral a plazo indeterminado bajo el régimen de la actividad privada del Decreto Legislativo 728, por aplicación de los principios de primacía de la realidad, continuidad, irrenunciabilidad de derechos y de la condición más favorable, es que a la parte actora le corresponde gozar de los beneficios sociales inhere…
CUARTA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
Casación 030475-2018
INFUNDADAReconocimiento de relación laboral y pago de utilidades
Se reconoce la relación laboral directa de la actora con la empresa Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston Sociedad Anónima Abierta, al acreditarse rasgos de laboralidad por aplicación del principio de primacía de la realidad, al desnaturalizarse los contratos suscritos entre las codemandadas.
CUARTA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
Casación 023385-2018
FUNDADAReposición laboral
Cuando se configuran los elementos de un contrato de trabajo y se acredita la condición del trabajador como obrero municipal, es de aplicación lo previsto en el artículo 37 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, el cual establece que corresponde a los obreros municipales estar sujetos al régimen laboral de la actividad privada, bajo los …
CUARTA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
Casación 001428-2021
INFUNDADARégimen laboral de obreros municipales
Acreditadas las labores de la demandante como obrera municipal, en atención al artículo 37 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que los obreros municipales están sujetos al régimen laboral de la actividad privada, la relación laboral de la actora debe estar regulada bajo los alcances del Decreto Legislativo N° 728, no…
CUARTA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
Casación 005520-2021
INFUNDADAReconocimiento de vínculo laboral y beneficios sociales
Cuando se configuran los elementos de un contrato de trabajo y se acredita la condición del trabajador como obrero municipal, es de aplicación lo previsto en el artículo 37 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, el cual establece que corresponde a los obreros municipales estar sujetos al régimen laboral de la actividad privada, bajo los …
CUARTA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
Casación 016415-2015
FUNDADAreposición
Para determinar la existencia de una relación laboral, en aplicación del principio de primacía de la realidad, es necesario acreditar los elementos de una relación laboral: prestación personal, subordinación y remuneración.
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Aviso: Información agregada con fines de transparencia procesal. Se basa en casaciones publicadas oficialmente por el Poder Judicial del Perú (fuente accesible al público). No constituye evaluación de magistrados individuales ni predice el resultado de un caso particular. Para asesoría legal consulte a un abogado colegiado.