Análisis de jurisprudencia · tributario
Art. 45 del Código Tributario
Regula la relación jurídica tributaria entre el Estado y los contribuyentes.
101 casaciones del Poder Judicial peruano interpretan o aplican este artículo.
Distribución de fallos
Cómo se resuelven los recursos que invocan este artículo en la Corte Suprema.
Tasa favorable al recurrente: aproximadamente 60.3% de los recursos que invocan este artículo terminan en FUNDADA o FUNDADA EN PARTE. Este dato es orientativo y agregado; cada caso depende de sus hechos particulares.
Casaciones que aplican este artículo
Sentencias de la Corte Suprema con su criterio jurisprudencial. Mostramos las 20 más recientes.
Casación 019723-2019
Contencioso Administrativo Tributario
Considera esta Sala Suprema que la idea de asumir la existencia de lagunas normativas no puede estar sujeta a las decisiones arbitrarias del órgano jurisdiccional; sino que, está en la obligación de observar ciertos procedimientos y, en este sentido, agotar previamente reglas y técnicas que permiten el aseguramiento y la vigencia de la plenitud del…
SALA SUPREMA
Casación 013417-2017
FUNDADAPrescripción Tributaria
Conforme se desprende del artículo 49 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, el único supuesto que admite la norma para establecer la configuración de la renuncia tácita a la prescripción ganada es cuando el deudor tributario pague voluntariamente su deuda tributaria; por consiguiente, no resulta aplicable lo dispuesto en el artículo 1991 …
TERCERA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
Casación 003772-2017
INFUNDADAImpugnación de Resolución Administrativa
Conforme se desprende del artículo 49° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, el único supuesto que admite la norma para establecer la configuración de la renuncia tácita a la prescripción ganada es cuando el deudor tributario pague voluntariamente su deuda tributaria; por consiguiente, no resulta aplicable lo dispuesto en el artículo 1991…
TERCERA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
Casación 017485-2016
FUNDADAPrescripción tributaria
El artículo 49 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece una sola manera de renuncia tácita a la prescripción, esto es, solo cuando se haya efectuado el pago voluntario de la obligación prescrita, ya sea por inadvertencia del deudor o debido a un cómputo erróneo en el plazo. Entonces, al comprobarse que la ley tributaria sí ha conte…
SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL PERMANENTE
Casación 012335-2017
INFUNDADAPrescripción de la acción de cobro de Impuesto a la Renta de no domiciliados
La regla para determinar el inicio del plazo de prescripción, contenida en el numeral 7 del artículo 44 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF, incorporado mediante el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1113, no resultaba aplicable al presente caso, pues en este el plazo prescriptorio ya ha…
SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL PERMANENTE
Casación 018345-2021
INFUNDADAPRESCRIPCIÓN TRIBUTARIA
El numeral 7 del artículo 44 y el artículo 45 del Código Tributario, modificado por el Decreto Legislativo N.º 1113, sí resultan aplicables para establecer el inicio del cómputo del plazo de prescripción, ello en concordancia con la primera disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo N.º 1421. Se debe tomar en consideración que l…
QUINTA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
Casación 005138-2017
INFUNDADAAcción contenciosa administrativa sobre prescripción tributaria
El Código Tributario en su artículo 49 precisa que el acto de pagar la obligación prescrita del Administrado de forma voluntaria, no le genera al deudor el derecho a solicitar la devolución de lo pagado; mas no ha previsto otros alcances u efectos jurídicos que podrían entenderse como un supuesto de renuncia de la prescripción. En ese sentido, apli…
TERCERA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
Casación 004441-2022
FUNDADAMOTIVACIÓN DE RESOLUCIONES JUDICIALES
La sentencia de vista impugnada en casación se encuentra incursa en causal de nulidad, pues la motivación resulta insuficiente al no considerar en su análisis una circunstancia relevante que podrá permitir a la Sala Superior emitir un mejor pronunciamiento.
QUINTA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
Casación 012361-2017
FUNDADAAcción contencioso administrativa
El artículo 49 del Texto Único Ordenado del Código Tributario establece una sola manera de renuncia tácita a la prescripción, esto es, solo cuando se haya efectuado el pago voluntario de la obligación prescrita, ya sea por inadvertencia del deudor o debido a un cómputo erróneo en el plazo. Entonces, al comprobarse que la ley tributaria sí ha contem…
SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL PERMANENTE
Casación 003076-2022
FUNDADAPrescripción de la acción para exigir el pago de la obligación tributaria
No podemos dotar de efectos jurídicos a un procedimiento de fiscalización que nació viciado por no haberse cumplido con los requisitos mínimos para tal efecto, pues el contribuyente en ningún momento fue notificado con el inicio de la fiscalización, tal como lo exige el inciso a) del artículo 61 del Código Tributario; de manera que no puede sostene…
QUINTA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
Casación 008984-2018
FUNDADAContencioso Administrativo - Tributario
En materia tributaria la única forma de renuncia a la prescripción ya ganada es la contemplada en el artículo 49º, del Código Tributario, que obedece a efectuar el pago respecto de una deuda ya prescrita. No regulándose en el ordenamiento tributario otra forma de renuncia como el acogimiento a fraccionamiento; por lo que, en atención al principio d…
SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL PERMANENTE
Casación 008340-2015
Nulidad de Resolución Administrativa y Prescripción Tributaria
El Artículo 46° inciso a) del Texto Único Ordenado del Código Tributario no puede interpretarse de forma aislada, sino dentro del marco de respeto al debido procedimiento. La interposición de un Recurso de Reclamación sólo suspende la prescripción cuando en el tiempo del nacimiento de la obligación exista norma que así lo precise o cuando se interp…
TERCERA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
Casación 006609-2017
FUNDADAPrescripción tributaria
El artículo 49 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece una sola manera de renuncia tácita a la prescripción, esto es, solo cuando se haya efectuado el pago voluntario de la obligación prescrita, ya sea por inadvertencia del deudor o debido a un cómputo erróneo en el plazo. Entonces, al comprobarse que la ley tributaria sí ha conte…
SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL PERMANENTE
Casación 010751-2018
FUNDADAContencioso Administrativo
Estando al marco normativo del Código Tributario, en cuanto a la prescripción, en virtud de los principios de especialidad y legalidad, corresponde la aplicación de las referidas normas. En ese sentido, de la lectura de los artículos 43 y 49 del Código Tributario, se establece una sola manera de renuncia tácita a la prescripción, esto es, cuando se…
QUINTA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
Casación 006672-2017
FUNDADATributario
El artículo 49 del Texto Único Ordenado del Código Tributario que establece que el pago voluntario de la obligación prescrita no da derecho a solicitar la devolución de lo pagado, no debe ser entendido como un supuesto de renuncia tácita, sino más bien como un acto extintivo de la relación jurídico-tributaria, toda vez que aunque la deuda se encuen…
SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL PERMANENTE
Casación 006573-2017
INFUNDADAAcción Contencioso Administrativa - Prescripción Tributaria
De acuerdo a lo contemplado en el artículo 49 del Código Tributario, la única forma de renunciar a la prescripción ya ganada, es efectuando el pago en forma voluntaria de la deuda prescrita; además, que en el Código Tributario no se ha establecido otra manera de renuncia, por lo que el acogimiento a un fraccionamiento no debe entenderse como renunc…
SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL PERMANENTE
Casación 024001-2017
FUNDADAnulidad de resolución administrativa
Como se desprende del artículo 49° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, el único supuesto que admite la norma para establecer la configuración de la renuncia tácita a la prescripción ganada es cuando el deudor tributario paga voluntariamente su deuda tributaria; por consiguiente, no resulta aplicable lo dispuesto en el artículo 1991° del…
SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL PERMANENTE
Casación 020271-2017
INFUNDADATributaria
Como se desprende del artículo 49 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, el único supuesto que admite la norma para establecer la configuración de la renuncia tácita a la prescripción ganada es cuando el deudor tributario paga voluntariamente su deuda tributaria; por consiguiente, no resulta aplicable lo dispuesto en el artículo 1991 del C…
SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL PERMANENTE
Casación 008312-2015
INFUNDADAContencioso Administrativo - Tributario
El Decreto Legislativo N° 981, al modificar el artículo 45 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, introdujo nuevos supuestos de interrupción de la prescripción en materia tributaria que rigieron de manera inmediata a partir del uno de abril de dos mil siete, sobre todas las relaciones y situaciones jurídicas que se venían produciendo en es…
TERCERA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
Casación 000094-2016
INFUNDADAAcción Contenciosa Administrativa - Prescripción de deuda tributaria
En virtud a la teoría de los hechos cumplidos, y teniendo en cuenta que a la fecha de la solicitud de la prescripción de deuda tributaria, el procedimiento seguido por la Administración Tributaria a la demandante se encontraba en trámite, es de aplicación al caso concreto el literal a) del artículo 46 del Código Tributario, modificada por el Decret…
TERCERA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL TRANSITORIA
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Aviso: Información agregada con fines de transparencia procesal. Se basa en casaciones publicadas oficialmente por el Poder Judicial del Perú (fuente accesible al público). No constituye evaluación de magistrados individuales ni predice el resultado de un caso particular. Para asesoría legal consulte a un abogado colegiado.